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USCIS ahora puede emitir NTA para la denegación de una aplicación: Lo que significa para Usted:

Por la abogada Nadia Khalid

El 05 de julio de 2018, los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (“USCIS”) revelaron nuevas pautas de política con respecto a las emisiones de Aviso de comparecencia. Un Aviso de comparecencia (“NTA”), según lo define el USCIS, “es un documento entregado a un extranjero que los instruye a comparecer ante un juez de inmigración en una fecha determinada … la emisión de un NTA inicia un proceso de deportación contra el extranjero”. Si no se presenta para una NTA, puede tener como resultado procedimientos de deportación automáticos, lo que da como resultado una prohibición de entrada de 5 años a los Estados Unidos.

En el pasado, USCIS tuvo que consultar con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (“ICE”) y con el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (“CPB”) de EE. UU. para emitir un NTA.

Ahora, sin embargo, bajo esta nueva directriz, USCIS tiene autoridad para emitir NTAs sin consultar con ICE o CPB por cualquiera de las siguientes razones:

  • Negación de una aplicación;
  • Negación de un N-400 debido a una ofensa criminal previa;
  • Solicitudes que involucran fraude comprobado o tergiversación;
  • Abuso de los beneficios públicos por parte del solicitante;
  • Casos penales con una condena o cargo pendiente; y / o
  • Presencia ilegal como resultado de la denegación de una solicitud o petición.

Debido a esta nueva directriz de política, es imperativo que revele todo a su representante legal, incluidos delitos pasados, cargos penales, si ha recibido beneficios públicos o cualquier solicitud de inmigración rechazada en el pasado. Es igualmente importante comprender que si su solicitud es denegada por algún motivo, se puede emitir un NTA automático basado en la presencia ilegal como resultado de la denegación de dicha solicitud o petición.

Si está interesado en obtener más información sobre este nuevo memorando de política o sobre cómo podría afectar una solicitud o solicitud de inmigración pendiente o pendiente, no dude en comunicarse con nuestra oficina al 713-589-2085 o envíenos un correo electrónico a [email protected] para establecer una consulta.

To learn more about asylum law and immigration law, contact our asylum lawyers and immigration lawyers today.

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